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Con el fin de garantizar la calidad de la formación y su idoneidad para proveer a los mediadores y a todas las personas que participen directamente en la mediación de seguros y reaseguros privados de los conocimientos suficientes para el desarrollo de su actividad" la ley 26/2006 establece una serie de requisitos de formación inicial y de formación continuada distribuidas en tres nuevas categorías (A, B y C). Estos requisitos y obligaciones recaen sobre toda la mediación. Todos los mediadores están definidos a partir de ahora, en uno de los grupos según las funciones y tareas realizadas. Y por lo tanto deben cumplir determinados requisitos de formación.
Para facilitar el cumplimiento de estas nuevas exigencias hemos elaborado un documento (fichero relacionado) donde se aclaran los principales puntos de esta resolución.
- En el primer cuadro hay una descripción de los grupos A, B y C, y de los requisitos necesarios para pertenecer a uno o a otro, tal y como define la ley. También encontramos un resumen de los requisitos iniciales de formación según el grupo al que cada uno pertenece. Y además especifica todos aquellos casos que permiten la exención y la descripción de los requisitos mínimos de los cursos.
- En el segundo cuadro se especifican las exigencias en formación continúa o reciclaje por grupos.
Así mismo, si desean consultar la Resolución de 28 de Julio de 2006 de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones pueden descargarla desde este link:
Fichero relacionado: Resum Formació(web fundació).pdf
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